La política comercial de EE. UU. bajo la presidencia de Trump marca un giro hacia el unilateralismo, con medidas arancelarias agresivas centradas en seguridad nacional, reindustrialización y confrontación directa con China.
En un contexto internacional marcado por tensiones geopolíticas, la política comercial ha recuperado un papel central en la agenda internacional. El regreso de Donald Trump a la presidencia de Estados Unidos está suponiendo una ruptura con el sistema multilateral del comercio y una nueva orientación hacia el unilateralismo al margen de instituciones como la OMC.
MEDIDAS ARANCELARIAS EN TORNO A TRES EJES PRINCIPALES
i) Redefinición de relaciones con países considerados “prioritarios” para la estrategia de seguridad y liderazgo económico.
El inicio de esta redefinición comenzó en febrero de 2025, cuando se revisaron las principales relaciones bilaterales con Canadá, México y China, con el objetivo de alinearlas con las prioridades estratégicas de EE. UU. en materia de política exterior, seguridad nacional y soberanía económica.
El 1 de febrero de 2025, se anunció la imposición de un arancel adicional del 25% sobre todos los productos originarios de México[1] y Canadá[2]. En el caso de Canadá, se estableció un tipo reducido del 10% para ciertas importaciones energéticas, entre las que se incluyen petróleo crudo, gas natural, líquidos de gas natural, productos refinados, uranio, carbón, biocombustibles y minerales críticos.
Simultáneamente, se impuso un arancel adicional del 10% sobre todas las importaciones procedentes de China, alegando como principal motivación la entrada masiva de opioides sintéticos (fentanilo) en territorio estadounidense. Esta medida, entró en vigor el 4 de febrero de 2025[3]. Tan solo un mes después, la Casa Blanca emitió una enmienda[4] que elevó dicho arancel al 20% sobre todos los productos originarios de China. Esta escalada afectó especialmente a sectores como la tecnología, bienes intermedios industriales y equipos electrónicos (semiconductores, baterías, maquinaria de precisión).
Canadá[5] respondió con la imposición de aranceles adicionales del 25% sobre productos por un valor estimado de 30.000 millones de dólares canadienses. Una lista que incluye vehículos, productos de acero y aluminio, licores, ropa, calzado, cosméticos, frutas y verduras, productos aeroespaciales y productos lácteos.
Por su parte, China, a través del anuncio de la Comisión del Arancel de Aduanas del Consejo de Estado de 4 de febrero de 2025[6], adoptó un conjunto de contramedidas arancelarias, imponiendo un arancel adicional del 15% sobre el carbón y el gas natural licuado y un arancel del 10% al petróleo crudo, la maquinaria agrícola, los automóviles de gran cilindrada y las camionetas. Posteriormente, el 4 de marzo de 2025, China amplió estas contramedidas mediante la imposición de aranceles adicionales: un 15% sobre el pollo, trigo, maíz y algodón, y un 10% sobre la soja, sorgo, carne de cerdo, carne de res, productos acuáticos, frutas, verduras y productos lácteos.
ii) Protección de sectores críticos mediante medidas de salvaguardia amparadas en razones de seguridad nacional o autosuficiencia industrial.
El segundo eje de la política comercial estadounidense responde a la voluntad de asegurar la autonomía industrial en sectores clave. Bajo el argumento de una amenaza a la seguridad nacional derivada de la sobreproducción global y la dependencia de cadenas de suministro extranjeras, se han establecido medidas arancelarias con un gran impacto:
El conflicto del acero y el aluminio: punto de reactivación
El 12 de marzo de 2025 entraron en vigor las medidas que eliminan las exenciones otorgadas con anterioridad, elevando el gravamen sobre el acero y aluminio al 25 % y extendiendo los productos sujetos a aranceles a categorías como maquinaria, electrónica, mobiliario y artículos de uso doméstico (Capítulos 73, 84, 85 y 94 del Sistema Armonizado). Estas medidas se formalizaron mediante la orden ejecutiva Adjusting Imports of Steel into the United States y se justifican, según el Fact Sheet publicado el 11 de febrero de 2025, en la necesidad de proteger la seguridad nacional ante la sobrecapacidad global y el uso indebido de exenciones, que habrían debilitado el impacto de los aranceles originales.
Medidas relativas al sector automoción
Mediante la Proclamación “Adjusting imports of automobiles and automobile parts into the united states” publicada el 26 de marzo de 2025, se impone un arancel del 25 % sobre las importaciones de automóviles y ciertas partes de automóviles, incluyendo motores, transmisiones y componentes eléctricos.
Estas medidas reflejan una estrategia más amplia para fortalecer la base industrial estadounidense y reducir la dependencia de importaciones en sectores considerados vitales para la seguridad y la economía del país.
iii)Reciprocidad como nuevo principio rector de política comercial de EE.UU.
El tercer eje estratégico se articula en torno a la instauración de un principio de reciprocidad efectiva, invocando como amenaza a la seguridad nacional los persistentes déficits comerciales que, a juicio de la administración Trump, existen con los principales socios comerciales. Esta política se plasma en el memorando presidencial “Fair and Reciprocal Tariff Plan” y, de manera más concreta, en la orden ejecutiva de 2 de abril de 2025, titulada “Regulating Imports with a Reciprocal Tariff to Rectify Trade Practices that Contribute to Large and Persistent Annual United States Goods Trade Deficits”.
La orden ejecutiva estableció:
1. Un arancel general ad valorem del 10 % sobre todas las importaciones, con efectos desde el 5 de abril de 2025.
2. Aranceles diferenciados por bloque geoeconómico, en función del volumen de desequilibrio comercial y el grado de distorsión detectado, con efectos desde el 9 de abril de 2025:
· 20 % adicional para productos originarios de la Unión Europea
· 34 % adicional para productos procedentes de China
· Otros tipos diferenciados conforme al Anexo I de la orden ejecutiva.
3. Exclusiones estratégicas, recogidas en el Anexo II. Dicho anexo detalla las categorías de productos excluidos del arancel recíproco, ya sea por motivos de interés económico esencial o dependencia tecnológica crítica. Entre estos productos se encuentran materias primas minerales, concentrados metálicos, combustibles fósiles o productos químicos. También se excluyen otros productos sobre los que existen medidas específicas (acero, aluminio y vehículos) o sobre los que se prevé la aplicación futura de medidas específicas (por ejemplo, productos farmacéuticos).
RESPUESTA DE LA UE
En respuesta a la reactivación de los aranceles estadounidenses sobre el acero, el aluminio y otros productos derivados, la Comisión Europea emitió un comunicado oficial el 12 de marzo de 2025. En dicho comunicado, se detallaron las contramedidas que la UE adoptaría para proteger los intereses comerciales de Europa, en especial aquellos sectores más afectados por las nuevas tarifas.
El 14 de abril de 2025, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/778, por el que se establecen medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los Estados Unidos, y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/886. Este Reglamento representa la respuesta formal y escalonada de la UE ante la decisión de EE. UU. de restablecer e intensificar los aranceles al acero, aluminio y otros productos comunitarios e incorpora tres paquetes de derechos de aduana adicionales del 25 %:
· Productos metálicos y artículos de aluminio: El paquete de medidas incluye la imposición de un arancel adicional del 25 % sobre un amplio conjunto de productos metálicos, entre ellos tubos, perfiles, estructuras de acero y artículos de aluminio. La entrada en vigor de estas medidas, recogidas en el anexo II del Reglamento, estaba prevista para el 16 de mayo de 2025.
· Productos agroalimentarios: Asimismo, la Comisión dispuso la aplicación de un arancel adicional del 25 % sobre determinados productos agroalimentarios originarios de Estados Unidos. Entre ellos se encuentran carne de vacuno, carne de ave, huevos, frutas cítricas, tomates y café. Esta medida, contemplada en el anexo III, debía entrar en vigor también el 16 de mayo de 2025.
· Bienes industriales: Por último, se establecen derechos adicionales del 25 % sobre una serie de productos industriales y manufacturados adicionales, entre los que se incluyen camiones, embarcaciones de recreo, mobiliario y otros bienes de consumo duradero. Estas medidas se detallan en el anexo IV del Reglamento y su aplicación está programada para el 1 de diciembre de 2025.
No obstante lo anterior y, a la luz de la pausa de 90 días anunciada por EE.UU., la UE decidió calibrar sus contramedidas para mantener abierta la vía del diálogo. Con este objetivo, la Comisión adoptó también el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/786, que suspende la aplicación de los aranceles adicionales previstos hasta el 14 de julio de 2025 para aquellas medidas cuya entrada en vigor estaba prevista en una fecha anterior.
Es decir, la UE ha reaccionado con firmeza, adoptando un marco legal claro y proporcionado, pero ha optado por dar una nueva oportunidad a la vía diplomática. Las contramedidas están publicadas y preparadas para su ejecución, pero permanecerán en suspenso hasta el 14 de julio de 2025. Si las negociaciones en curso no arrojan resultados satisfactorios, los aranceles del 25 % comenzarán a aplicarse automáticamente según el calendario escalonado previsto.
SITUACIÓN ACTUAL: PAUSA DE LAS MEDIDAS MÁS GRAVOSAS E INCREMENTO DE LA TENSIÓN CON CHINA
El pasado 9 de abril, en la orden publicada bajo el título "Modifying reciprocal tariff rates to reflect trading partner retaliation and alignment", Donald Trump anunció una pausa de 90 días en la aplicación de los aranceles recíprocos, manteniendo el arancel ad valorem general del 10%. Esta decisión llegó apenas unas horas después de una fuerte caída en los principales índices bursátiles, con un desplome liderado por los sectores tecnológico e industrial, lo que intensificó la presión sobre la Casa Blanca para evitar un deterioro mayor del entorno económico. Esta situación de presión se intensificó con la aparición de tensiones en el mercado de deuda.
Sin embargo, esta pausa excluye específicamente a China, país respecto del cual se ha tomado la decisión precisamente contraria. Es decir, un incremento significativo de los aranceles.
Dos días después, el 11 de abril, EE. UU., a través del Memorando Presidencial “Clarification of Exceptions Under Executive Order 14257 of April 2, 2025, as Amended”, se publicó una aclaración que amplía la lista de partidas excluidas de los aranceles recíprocos. Esta nueva comunicación incluye, ciertas categorías que no estaban recogidas en la Orden inicial del 2 de abril, como las identificadas en los capítulos 8471 (ordenadores), 847330 (componentes informáticos), 8486 (maquinaria para la fabricación de semiconductores), y varios productos tecnológicos de consumo, como teléfonos inteligentes (85171300), unidades SSD (85235100), monitores (85285200) y soportes grabados (8524), entre otros. También se incorporó una referencia más general al capítulo 8542, relativo a circuitos integrados electrónicos (microchips).
La Comisión Europea, por su parte, reaccionó ante este anuncio de pausa, subrayando la disposición de la UE para darle una oportunidad a las negociaciones. El 10 de abril de 2025, en un comunicado oficial, la UE indicó que las contramedidas previamente acordadas, que ya contaban con la aprobación de los Estados miembros, se mantendrían suspendidas durante los mismos 90 días.
Mientras tanto, las tensiones comerciales entre EE. UU. y China han seguido escalando. Tras una primera ronda de aranceles recíprocos del 34 % (sumados al 20% inicial), EE. UU. anunció el 8 de abril que elevaba los aranceles sobre productos chinos en un 50 %, alcanzando un total del 104 %. Un día después, amplió la lista de productos afectados y añadió un 30 % adicional, lo que eleva la carga total hasta un 134 % en ciertos productos. China respondió con rapidez: su arancel del 34 % entró en vigor el 10 de abril y, al día siguiente, anunció un aumento del arancel adicional del 84 % sobre bienes industriales clave de EE. UU., además de incluir a empresas estadounidenses en su lista de control de exportaciones y presentar una demanda ante la OMC.
La situación actual refleja una pausa temporal en la aplicación de medidas arancelarias entre EE. UU. y otros bloques comerciales, como la UE, mientras ambas partes intentan alcanzar una solución negociada. Sin embargo, la relación con China se deteriora aún más, con una escalada significativa en los aranceles que promete seguir afectando a los mercados globales.
MEDIDAS ADOPTADAS EN ESPAÑA
El pasado 9 de abril de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, por el que se establecen medidas urgentes de respuesta a la amenaza arancelaria y de relanzamiento comercial. El decreto tiene como finalidad proteger al tejido empresarial español más expuesto a esta situación y reforzar su capacidad de respuesta. Entre las medidas del decreto, destacan las siguientes:
· Línea de avales del Estado para financiar inversiones vinculadas a los aranceles.
· Refuerzo a la internacionalización, con una ampliación de 120 millones de euros del FIEM y aumento del límite de cobertura de CESCE hasta 15.000 millones.
· Apoyo a emprendedores, mejorando el acceso de startups y pymes a programas públicos.
· Medidas fiscales y operativas: suspensión de la causa de disolución por pérdidas acumuladas y ampliación de plazos contables para la presentación de cuentas anuales.
El decreto identifica como sectores especialmente sensibles aquellos con elevada dependencia del mercado estadounidense. Se mencionan expresamente, el sector agroalimentario, textil, vinos y bebidas alcohólicas, productos cerámicos y bienes de equipo industriales.
ADAPTARSE AL NUEVO ENTORNO
Aunque aún es pronto para determinar si esto es un giro estructural o coyuntural en la política comercial estadounidense, la dirección adoptada por la Administración Trump apunta a una reconfiguración a largo plazo de las alianzas internacionales, con un enfoque particular en China como principal contrapeso geopolítico. En cambio, las relaciones con socios tradicionales como Canadá, México o la Unión Europea podrían evolucionar hacia escenarios más negociados, dada la interdependencia económica existente. Por su parte, las medidas dirigidas a sectores estratégicos como el acero, el aluminio o la automoción parecen tener una vocación de continuidad a lo largo del mandato, en línea con la narrativa de “reindustrialización nacional”.
Para un mejor entendimiento sobre las razones y el contexto que nos han llevado hasta la actual escalada arancelaria y una evaluación sobre sus posibles desenlaces, recomendamos el documento “Transformación del Comercio Global: desafíos geopolíticos y el nuevo rumbo de EE. UU.”, de 25 de marzo.
En este contexto, resulta clave que las empresas cuenten con una estrategia aduanera sólida y alineada con su operativa global. Identificar y anticipar riesgos, maximizar el uso de acuerdos comerciales y optimizar la gestión aduanera en la cadena de suministro son elementos esenciales para lograr una reducción eficiente de costes. Por ello, contar con información precisa y optimizada sobre la clasificación arancelaria y el origen de los productos resulta determinante, ya que ambos factores condicionan directamente la carga arancelaria aplicable.